Redacción Angélica González

Como cada año, se hacen campañas en las fechas decembrinas para evitar quemados, sin embargo, a solo dos días de diciembre el Instituto Nacional de Salud (INS) reportó 48 personas quemadas. Ahora bien, durante la noche de velitas, este 7 de diciembre, en Colombia hubo 128 quemados: 41 niños y 87 adultos.

 

Antioquia y Bogotá fueron las regiones con más quemados: 37 y 23 casos respectivamente, seguidas por Norte de Santander (14 casos), Atlántico y Cauca (12 casos).

 

Frente a estas preocupantes cifras, las autoridades hacen hincapié en que ningún material pirotécnico es inofensivo y que es importante acudir de inmediato a urgencias en caso de quemarse con pólvora y evitar tratarlo en casa, ya que las quemaduras y laceraciones pueden complicarse.

 

Sanciones a los padres cuyos hijos resultan quemados con pólvora

 

Ahora bien, si usted es padre de un menor de edad y este resulta quemado, eso puede generarle sanciones que acarrean multas hasta procesos penales. De acuerdo con la ley 670 de 2001 que reglamente de manera parcial el artículo 44 de la Constitución Política “para garantizar la vida y la integridad de los niños expuestos a riesgos por el manejo de artículos pirotécnicos o explosivos”, establece una sanción para los adultos que permitan que los menores manipulen pólvora.

 

"Los adultos que permitan o induzcan a menores de edad a manipular o usar artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos se les decomisará los productos y sufrirán una sanción civil consistente en la ejecución de tareas para la prevención y atención de emergencias que beneficien a la comunidad", indica el décimo artículo de la ley.

 

En este sentido, el artículo once advierte que los menores que sean sorprendidos manipulando pólvora serán puestos a disposición de un defensor de familia, "quien determinará las medidas de protección a adoptar".

 

Ahora, si el menor resulta quemado con juegos pirotécnicos o artefactos con pólvora como volcanes, totes y voladores, los padres deberán pagar hasta cinco salarios mínimos.

 

"Los representantes legales del menor afectado por quemaduras ocasionadas por el uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o globos, a quienes se les encontrase responsables por acción o por omisión de la conducta de aquel, se les aplicará una sanción pecuniaria hasta por cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes", indica el artículo 14 de la ley.
    

Además, eventualmente, los padres terminarían expuestos a procesos penales por acciones u omisiones que ponen en riesgo la vida y la integridad de los niños, respondiendo por el delito de lesiones personales.
 

Comparte en:


También puede interesarte
Última Hora...