Redacción
Juan Sebastián Sosa
El aumento del 23 % al salario mínimo para 2026 quedó suspendido de manera provisional por decisión del Consejo de Estado. El alto tribunal consideró que el decreto expedido por el Gobierno no cuenta con una “justificación jurídica y económica verificable” y que no puede desconocer los parámetros obligatorios establecidos en la Ley 278 de 1996.
La decisión no anula el incremento de forma definitiva, pero sí congela sus efectos mientras se estudia el caso de fondo. El Consejo de Estado le ordenó al Ejecutivo expedir un nuevo decreto en un plazo máximo de ocho días, sustentando de manera técnica y detallada el cálculo del aumento.
Esta es una determinación histórica. Nunca antes el Consejo de Estado había suspendido los efectos de un decreto que fijara el salario mínimo. El único antecedente cercano fue en 2016, cuando anuló el decreto del gobierno de Juan Manuel Santos, pero en ese caso no aplicó una medida cautelar inmediata.
Aunque el fallo genera incertidumbre, en la práctica no cambia nada por ahora. Hasta que el Gobierno no expida un nuevo decreto, el salario mínimo seguirá pagándose con el aumento del 23 % que comenzó a regir desde el 1 de enero.

¿Qué fue lo que objetó el Consejo de Estado en el decreto?
El magistrado Juan Camilo Morales Trujillo, ponente de las demandas acumuladas, accedió a la suspensión provisional tras revisar más de 10 acciones judiciales presentadas por empresarios, gremios y ciudadanos. Todas cuestionaban la forma en que se calculó el aumento.
El tribunal concluyó que el decreto no explicó de manera clara cómo se ponderaron variables obligatorias como la inflación, la productividad y la meta del Banco de la República. La ley exige que estos factores sean considerados de forma integral y verificable.
La orden judicial no obliga al Gobierno a bajar el monto. Lo que exige es sustentar técnicamente la cifra y demostrar que cumple los criterios macroeconómicos previstos en la norma. En otras palabras, el problema no sería el 23 %, sino cómo se justificó.

“En todo caso, la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025 no tendrá ningún efecto sobre las obligaciones y derechos que se calcularon con base en el valor del salario mínimo del año 2026 allí establecido y que fueron efectivamente causadas o pagadas con anterioridad a la publicación del nuevo acto administrativo”, escribió el magistrado Morales.
Eso significa que todos los pagos ya realizados siguen siendo válidos. No habrá devoluciones ni ajustes retroactivos sobre nómina, seguridad social, administración de conjuntos o multas indexadas al salario mínimo.
¿Cómo se pagará la quincena del 15 de febrero?
La respuesta es clara: se paga como se ha venido pagando desde enero. El salario mínimo sigue vigente con el aumento del 23 % hasta que el Gobierno expida el nuevo decreto ordenado por el Consejo de Estado.
Eso implica que la nómina debe liquidarse con 1.715.000 pesos más el subsidio de transporte de 249.095 pesos para quienes aplique. No hay cambios inmediatos en los valores que reciben los trabajadores.
El magistrado tuvo en cuenta que frenar abruptamente el aumento podría generar impactos negativos en millones de personas. Por eso permitió que el decreto siga produciendo efectos mientras se expide el nuevo acto administrativo.
El auto puede ser objeto de recurso, pero la suspensión se mantiene vigente mientras ese recurso se resuelve. El proceso judicial continuará y la decisión definitiva la tomará toda la sala del Consejo de Estado.
También podrían presentarse otras acciones judiciales, como tutelas, relacionadas con los derechos de los trabajadores que devengan el salario mínimo.
¿Puede caerse definitivamente el aumento del 23 %?
La suspensión no es el final del proceso. Ahora el Gobierno debe expedir un nuevo decreto en máximo ocho días, incluyendo de manera detallada las variables exigidas por la ley: inflación (5,1 %), productividad (0,9 %) y crecimiento económico (3,6 %).
El presidente Gustavo Petro ya anunció que buscará mantener el 23 % en el nuevo decreto provisional. “Así que el decreto transitorio que pide el magistrado, mientras resuelve de fondo el Consejo de Estado, seguirá las órdenes de la Constitución. Respetaré su decisión, pero actuaré de acuerdo con la Constitución”, dijo.
El reto será justificar técnicamente una cifra que supera ampliamente las variables mencionadas. Para algunos expertos, la sustentación deberá ser especialmente sólida.
“Tocaría ser muy creativo para justificar un aumento del 23% y una productividad del 5% y aumentos pasados del 11%”, explica Mauricio Salazar del Observatorio Fiscal de la Javeriana, en diálogo con La Silla Vacía.
La última palabra la tendrá el Consejo de Estado en una sentencia definitiva. Mientras tanto, el aumento sigue aplicando y el país entra en una etapa clave para definir el rumbo del salario mínimo en 2026.
Comparte en: