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El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Minas y Energía y la Superintendencia de Servicios públicos, anunció que presentará ante el Congreso de la República una propuesta para realizar cambios a las leyes 142 y 143 de 1994, relacionadas con los Servicios públicos.
Según informó El Heraldo, este proyecto buscaría implementar varios cambios que van desde la regulación directa por parte del presidente hasta la creación de lo que se denomina comunidades energéticas.
Regulación presidencial
Según lo revelado por 'Portafolio', el borrador de la reforma contempla cambios significativos, siendo uno de los puntos más destacados la atribución directa al Presidente de la República para regular los servicios públicos.
El documento especifica que "la regulación de los servicios públicos está a cargo del Presidente de la República, quien puede ejercer esta función directamente, según lo estipulado en el artículo 68 de la presente ley, o delegarla en las comisiones de regulación".
Régimen tarifario
La reforma también aborda el régimen tarifario, proponiendo cambios en el artículo 87 de la ley 142 de 1994 para prohibir que la tarifa influya en la adjudicación de contratos a empresas privadas. Se propone un enfoque más solidario y equitativo, considerando la capacidad de pago de los usuarios, lo que marcaría un cambio radical en la estructuración de las tarifas.
Creación de entidades prestadoras de servicios públicos
Además, se plantea la creación de entidades estatales prestadoras de servicios públicos domiciliarios, con el objetivo de garantizar la sostenibilidad financiera en condiciones de calidad y continuidad. Se introducen cambios en la Unidad de Planeación Minero Energética (Upme) y la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), ampliando la participación de expertos y vocales de control, respectivamente.
Fortalecimiento de la Superintendencia de Servicios Públicos
La Superintendencia de Servicios Públicos también sería fortalecida según el borrador, con la capacidad de ordenar la suspensión de servicios no domiciliarios en caso de impactos adversos, y estableciendo causales específicas para medidas preventivas sobre las compañías prestadoras.
Mínimo vital
Entre las medidas más destacadas se encuentra la introducción de un "mínimo vital" para acueducto, gas y energía, destinado a garantizar que la población vulnerable reciba un subsidio que evite la interrupción del suministro por falta de pago, protegiendo así sus derechos fundamentales.
Comunidades energéticas
Por último, se apuesta por las comunidades energéticas, permitiendo la opción de sistemas alternativos o esquemas diferenciales en áreas donde la prestación de servicios con características ordinarias resulta inviable.
Los encargados de reglamentar dichas comunidades serán los Ministerios de Minas y Energía y Vivienda, promoviendo la participación de personas naturales y entidades sin ánimo de lucro en la economía popular y comunitaria.
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