Redacción Juan Sebastián Sosa

Llegó diciembre con su alegría y también son sus obligaciones. Más allá de que las familias empiezan a pensar en las celebraciones y las vacaciones de fin de año, también es importante tener en cuenta que en este mes se debe hacer el pago de la prima a los empleados. 

 

¿Qué es la prima? Se trata de una prestación social que se paga dos veces en el año: una en junio y la otra en diciembre. En el caso de la prima que se paga en el último mes del año, su fecha de pago máximo es el 20 de diciembre. 

 

“La naturaleza jurídica es que es una prestación social y está atada a la existencia de un contrato laboral. Todo aquel que tenga contrato, sin importar el término del contrato, ya sea definido, indefinido o por obra, va a tener derecho al pago de esta prima”, explicó Andrés Romero, especialista en derecho laboral de la firma Godoy Córdoba. 

 

¿Qué pasa con los empleadores que no pagan la prima a tiempo o simplemente deciden no pagarla? El experto señaló que se estaría en un escenario de incumplimiento de obligaciones laborales. “Esta prima es obligatoria y está regulada por el Código Sustantivo del Trabajo”, señaló.

 

El incumplimiento o mora de esa obligación puede acarrearle varias sanciones al empleador. “Puede recaer en una indemnización moratoria, establecida en el Código Sustantivo del Trabajo, comúnmente conocida como “salarios caídos"”

 

¿A dónde pueden acudir los empleados a los que no les pagan la prima? “El Ministerio del Trabajo es el que vela y protege porque se den cumplimiento a estas obligaciones”, dijo Romero. También señaló que se puede acudir a los jueces laborales. 

 

¿Cómo se calcula el valor de la prima?

 

Romero señala que la prima se paga “de acuerdo con el tiempo laborado durante el semestre. Se tiene como base de liquidación todo aquel componente que sea salarial, dentro del tiempo que haya prestado el servicio dentro del semestre”. 

 

En este caso, se deben incluir las horas extras, trabajos complementarios, bonificaciones, comisiones, todo lo que tenga la connotación salarial. También se tiene en cuenta el auxilio de transporte. 

 

Si una persona entra en el mes de noviembre o en el mes de octubre, solamente va a recibir la prima en proporción del tiempo realmente laborado. 

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