Redacción
Juan Sebastián Sosa
En el 2023, la Superintendencia Financiera reveló que hubo un crecimiento del 18,1% en la consignación de cesantías: se alcanzaron 13,91 billones de pesos entre los fondos privados (Porvenir, Colfondos, Protección y Skandia) y el Fondo Nacional del Ahorro (FNA).
¿Qué son las cesantías? Son una de las principales prestaciones sociales que reciben los empleados y que sirven como un ahorro que tiene como propósito brindarle tranquilidad al trabajador cuando se encuentra cesante o que sirven para invertir en aspectos como vivienda o educación. El monto de esta retribución equivale a un mes de salario por cada año trabajado del empleado, explica Colfondos.
Actualmente, en el país hay 11’972.253 millones de trabajadores que reciben esta prestación.
Alrededor de esta prestación social se han construido numerosos mitos sobre su uso y alcance. Para resolver esas múltiples dudas, Valora Analitik habló con Nancy Córdoba, gerente de Experiencia de Clientes del Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir que hizo claridad sobre los 10 mitos que se han establecido sobre las cesantías.
Los 10 mitos principales que existen sobre las cesantías
Mito 1: el empleador es el responsable de decidir en qué Fondo consignar las cesantías de sus empleados.
Falso. Todo trabajador tiene derecho a elegir en cuál Fondo de Cesantías desea que le consignen esa prestación. Puede escoger entre un fondo privado (como Porvenir) o una entidad pública.
Mito 2: las cesantías no generan intereses.
Falso. Las cesantías son un valor adicional y se fijan con base en una tarifa del 12% anual del valor total de las cesantías o proporcional por fracción del año trabajado para quienes no cumplen el año laborado. El monto debe entregarse a los trabajadores antes del 31 de enero. Los intereses de las cesantías son del 1% por cada mes laborado.
Mito 3: si una persona cambia de empleo antes cumplir el año, no le pagan las cesantías.
Falso. Si por el contrato firmado la persona tiene derecho a las cesantías, el trabajador tiene la obligación de pagarle esa prestación social proporcional al tiempo laborado ese año y su respectiva liquidación.
Mito 4: los trabajadores independientes tienen la obligación de aportar a cesantías.
Falso. Los trabajadores independientes pueden ahorrar voluntariamente en un fondo de cesantías con el objetivo de tener un “colchón” financiero en caso de quedarse sin empleo o deseen destinar esos recursos para fines de educación o vivienda. No es una obligación.
Para aquellos trabajadores que deseen iniciar un ahorro en los fondos de cesantías, no existe ninguna condición. Solo deben crear la cuenta en la que pueden ahorrar hasta la doceava parte de sus ingresos.
Mito 5: las cesantías no se pueden heredar
Falso. Cuando una persona muere y tiene ahorros en cesantías, esos recursos pueden ser solicitados por sus beneficiarios de ley (que son cónyuge, hijos u otros dependientes). Para hacer esto, los beneficiarios deben realizar el trámite respectivo.
Mito 6: cualquier trabajador tiene cesantías
Falso. Solo los trabajadores dependientes con contrato laboral vigente tienen derechos a las cesantías. Los trabajadores por prestación de servicios, independientes o con salario integral no tienen derecho a esa prestación social, pero sí pueden ahorrar de manera voluntaria.
Mito 7: Las cesantías no son lo mismo que la liquidación
Verdadero. Las cesantías y la liquidación son dos cosas diferentes. Es cierto que la liquidación que se le entrega al trabajador al momento de terminar un contrato puede contener el pago de las cesantías, entre otras prestaciones sociales, pero esa persona también puede tener otras cesantías en un Fondo de Cesantías por los años laborados anteriormente.
Mito 8: las cesantías no generan rendimientos
Falso. Cuando un trabajador tiene derecho a las cesantías, tiene la posibilidad de elegir entre las distintas alternativas para procurar hacer su dinero más rentable. En el caso de Porvenir, cuenta con un esquema de ahorro que permite escoger un portafolio de cesantías que más se ajuste a sus expectativas de ahorro y para lo que las quiera destinar.
Mito 9: es necesario acudir a tramitadores para retirar las cesantías
Falso. Cuando un trabajador desee retirar las cesantías para las posibilidades que exige la ley, en ningún caso necesita de un intermediario o un tramitador. En Porvenir, las cesantías se pueden retirar sin costo y por medio de canales electrónicos.
Lo que debe tener en cuenta es que el mejor momento para retirarlas es cuando realmente las necesite. Entre mayor tiempo logre dejar sus cesantías en los fondos, esto le permitirá acumular un ahorro mayor y mejores rendimientos.
Mito 10: si las cesantías no se reclaman luego de un año, se vencen
Falso. La ley establece que los trabajadores tienen el derecho de recibir las cesantías cada año. Si luego de un año el trabajador ha decidido no retirar ese ahorro, esta permanecerá en la cuenta individual de manera indeterminada, generando rendimientos a través de los portafolios. En resumen: no existe un tiempo de vencimiento de las cesantías.
Recomendaciones para el buen uso de las cesantías
Invierta en educación. La formación y capacitación es un activo intangible que le quedará a cada persona. Esto le puede ayudar a expandir su visión del mundo y le puede abrir nuevas y mejores oportunidades para aumentar sus fuentes de ingreso. Asegúrese de que sea algo en los que usted tiene habilidades.
Cumplir el sueño de vivienda propia. Se trata de una meta a mediano o largo plazo que muchas personas pueden alcanzar con las cesantías. Parte del ahorro lo puede destinar a la cuota inicial de una vivienda. Lo que sí debe hacer es planear muy bien el porcentaje de las cesantías que va a destinar para cumplir esa meta y el tiempo en el que la va a cumplir.
Mejorar, ampliar o reparar su vivienda. Una de las opciones para utilizar ese ahorro es para hacer modificaciones en su hogar. Si bien es imposible determinar cuándo puede ocurrir una afectación, esos recursos le pueden servir para hacer mantenimiento y evitar un duro golpe a su bolsillo en caso de una afectación inesperada. También puede destinar una parte del ahorro para mejorar su calidad de vida.
Sentirse seguro en caso de quedar cesante. Esta es la razón principal por la que fue creado el ahorro: para que las personas puedan cumplir con sus obligaciones y sentirse seguros en tiempos en los que no tengan empleos. En lo posible, destine sus cesantías para ese propósito.
Pagar el impuesto predial. Se trata de un impuesto que se paga anualmente, por lo que puede destinar una parte de las cesantías para el pago de ese gasto extraordinario y obligatorio. Utilice el ahorro como un aliado en su planeación financiera, incluyéndolo en sus planes para alcanzar las metas financieras.
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