Redacción Angélica González

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, emitió este lunes el decreto 139 por medio del cual ordena que todos los presos extranjeros que están cumpliendo sus penas en las cárceles de Ecuador sean repatriados a sus países de origen para que purguen sus condenas.

 

Según se lee en el documento, la decisión se toma tras las recomendaciones hechas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en un informe del 2022. En dicho informe se dan algunas medidas para reducir la violencia al interior de los centros carcelarios.

 

En ese sentido, señalan que la repatriación es una “figura jurídica que debe ser aplicada respetando los derechos humanos de las personas privadas de la libertad de nacionalidad extranjera, medida que redunda en su beneficio y puede ayudar a reducir la violencia”.

 

 

Así, en el primer artículo del decreto, se ordena al servicio penitenciario de Ecuador que realice los procedimientos administrativos necesarios para la repatriación de los presos extranjeros, con el objetivo de que sean llevados a sus países para que allí ejecuten las penas que pesan sobre ellos en Ecuador.

 

Sobre el final del documento, que tiene la firma del presidente Noboa, se indica que dicha disposición debe entrar en vigencia a partir de la fecha de su suscripción: el 29 de enero de este 2024.

 

Anteriormente, el jefe de Estado ecuatoriano había señalado que se tiene planeado deportar a unos 1.500 reos extranjeros -la mayoría de las nacionalidades colombiana y venezolana. El argumento es que esa medida ayudaría a reducir la crisis de violencia que se vive.

 

¿Qué establece este decreto?

 

  • El SNAI debe revisar qué procedimientos administrativos y trámites son necesarios para enviar a los extranjeros presos a sus países de origen para que terminen de cumplir su pena en ese país.
  • El SNAI debe dar aviso al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, al Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, el Ministerio del Interior y el Ministerio del Gobierno para que estos ministerios coordinen las acciones necesarias para cumplir con la repatriación de los presos.
  • Todos los procedimientos de repatriación será singularizado, es decir, revisando caso por caso y el envío será de manera individual, “quedando prohibida cualquier repatriación de colectivos”.

     

De acuerdo con lo que explicó el mandatario ecuatoriano, esta decisión de repatriar a los presos extranjeros, responde -entre otras cosas- al hacinamiento en las cárceles, con capacidad para unas 30.200 personas y que registran un exceso de 3.000.

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