Redacción Julián Dussán Bonilla

En la era digital, el acceso a contenido audiovisual se ha vuelto más accesible que nunca. Sin embargo, esta facilidad ha traído consigo el auge de la piratería, incluyendo la transmisión ilegal de eventos deportivos como partidos de fútbol.

 

Pese a que una gran cantidad de colombianos cuenta con acceso a televisión para ver los partidos de la 'sele' a través de la señal abierta, lo cierto es que hay muchas más opciones que podrían resultar, de buenas a primeras, llamativas. 

 

 

Si bien la emoción de ver un partido sin pagar puede ser tentadora, es importante conocer las consecuencias legales que esta acción puede acarrear, tanto para el usuario individual como para quienes operan estas plataformas ilegales. 

 

¿Qué dice la ley sobre las plataformas piratas?

 

En Colombia, la piratería está tipificada como delito en la Ley 1408 de 2011 y se encuentra regulada por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Esta ley protege los derechos de propiedad intelectual de los titulares de los derechos de transmisión de eventos deportivos, quienes son los únicos autorizados para distribuir y comercializar las señales de estos partidos.

 

Aunque las autoridades colombianas no han realizado campañas masivas de persecución a usuarios individuales que acceden a contenido pirata, sí existen medidas que pueden ser tomadas en caso de que se detecte que un usuario está infringiendo los derechos de propiedad intelectual.

 

Las consecuencias para el usuario pueden incluir:

 

Bloqueo de la dirección IP: el proveedor de servicios de internet (ISP) del usuario podría recibir una orden judicial para bloquear su acceso a internet, imposibilitándole navegar por la web.

Multas: en casos más graves, el usuario podría ser objeto de sanciones económicas por parte de la SIC o de los titulares de los derechos de transmisión.

Demanda civil: los titulares de los derechos de transmisión podrían presentar una demanda civil contra el usuario por daños y perjuicios.

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