Redacción
Angélica González
La Registraduría certificó que una iniciativa promovida por líderes de la Misión Carismática Internacional que buscaba tumbar la legalización del aborto no prosperó. Según esa entidad, dicho referendo no cumplía con los requisitos legales ni constitucionales.
De acuerdo con el órgano electoral, el 40% de las firmas que se presentaron en el “Referendo por la Vida” terminaron anuladas. Los datos no correspondían o estaban duplicados.
¿Qué buscaba el “Referendo por la Vida”? Modificar el artículo 11 de la Constitución. En este se habla del derecho a la vida y, específicamente, del derecho a la salud de las mujeres y la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). El proyecto fue impulsado por la exconcejal de Bogotá Sara Castellanos.
Desde que se conoció la propuesta, recibió críticas bajo la lupa de la Organización Causa Justa, quienes promovieron la despenalización del aborto hasta la semana 24 y quedó en la sentencia C-055 de 2022.
Esa organización denunció varias irregularidades: entre ellas que el Consejo Nacional Electoral habría autorizado injustificadamente una prórroga de tres meses para la recolección de firmas.
Otra irregularidad que se evidenció es que la Registraduría tardó cinco meses en publicar en su sitio oficial la resolución con la que se autorizó la inscripción del comité que promovió el referendo. Sin embargo, dijeron que la demora se debía a la falta de transparencia.
Sobre la decisión, Causa Justa aseguró que “el uso de mecanismos de participación ciudadana para restringir derechos fundamentales, como la dignidad y el derecho a un aborto legal y seguro como componente de los derechos sexuales y reproductivos, es regresivo, pone en riesgo la vida y la salud de las mujeres, hombres trans y personas no binarias y cuestiona su capacidad para decidir sobre su cuerpo con autonomía”.
"El referendo debe ajustarse a los límites de la Constitución"
Diana Guzmán, directora de Dejusticia y profesora de la Universidad Nacional, aseguró que proyectos como el “Referendo por la Vida” no son serios y burlan la naturaleza del mecanismo. “Tienden a debilitar su alcance constitucional y democrático”, indicó en diálogo con Infobae.
La docente señaló que el referendo no puede ser usado para promover retrocesos en la garantía de los derechos fundamentales. Ese límite existe porque los derechos no pueden estar sometido a la voluntad de las mayorías.
De esa manera, el reconocimiento de un derecho es una garantía para sus titulares en relación con los poderes del Estado. Pero también frente a las mayorías.
Según Guzmán, la Corte Constitucional ha reconocido que “el pueblo participa en el referendo como constituyente derivado y, por tanto, debe ajustarse a los límites establecidos por la Constitución”.
“Esto implica, entre otras cosas, que las mayorías no pueden disponer de los derechos contenidos en ella, en especial cuando se trata de derechos de grupos tradicionalmente discriminados. En este caso, el denominado ‘referendo por la vida’ dejaría sin piso la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre abortos”, añadió.
Comparte en: