Redacción Juan Sebastián Sosa

La prima de diciembre es uno de los pagos más esperados del año por millones de trabajadores en Colombia. Más allá de representar un alivio económico en plena temporada de fiestas, también es una obligación legal para todos los empleadores. La normativa laboral vigente no ha cambiado, por lo que conviene tener claras las fechas, los derechos y las opciones legales ante cualquier incumplimiento. Auí le resolvemos la duda de hasta cuando hay plazo para pagar la prima de diciembre.

 

Esta prestación social está regulada por el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo. La ley establece que todos los trabajadores con vínculo laboral dependiente tienen derecho a una prima equivalente a 30 días de salario por año, o proporcional al tiempo laborado. La prima se paga en dos partes: la primera en junio y la segunda, en diciembre.

 

 

¿Hasta cuando hay plazo para pagar la prima de diciembre?

 

En este último caso, la ley es clara. Para diciembre de 2025, el pago debe realizarse a más tardar el 20 de diciembre, sin importar el tipo de empresa, los procesos internos o los cierres administrativos. No hay excusas válidas que modifiquen este plazo.

 

Es importante saber que esta obligación también aplica para quienes trabajan por días, en el servicio doméstico, como conductores de familia o en labores rurales. Todos deben recibir este ingreso adicional de fin de año si existe un contrato de trabajo vigente.

 

Este pago no es un bono opcional ni un incentivo: se trata de una prestación social de obligatorio cumplimiento. Por eso, en caso de que el dinero no llegue a tiempo, existen caminos legales para reclamarlo.

 

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¿Qué pasa si no le pagan la prima antes del 20 de diciembre?

 

Si al 20 de diciembre no ha recibido su prima, lo primero que debe hacer es hablar directamente con su empleador. Podría tratarse de un retraso en el proceso de nómina o una situación puntual. Sin embargo, si no obtiene respuesta o no hay compromiso de pago, puede acudir al Ministerio del Trabajo.

 

En Colombia, no pagar la prima de servicios es considerado una falta grave a la legislación laboral. Las sanciones para el empleador incluyen multas entre 1 y 5 mil salarios mínimos mensuales legales vigentes, dependiendo de la gravedad del incumplimiento y el número de trabajadores afectados.

 

Según el sitio web del Ministerio de Justicia, lo ideal es intentar primero una conciliación directa. Si eso no es posible, puede presentar una queja formal ante un inspector de trabajo, quien tiene la facultad de iniciar un proceso de acompañamiento o vigilancia.

 

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Sin embargo, es importante tener en cuenta lo siguiente: el inspector no puede ordenar el pago de la prima. Si el conflicto no se resuelve, el trabajador debe acudir a un juez laboral, quien sí tiene la potestad para emitir una orden judicial que obligue al empleador a pagar lo adeudado.

 

Además, el Ministerio del Trabajo advierte sobre otras sanciones posibles:

 

  • Un día de salario por cada día de retraso (hasta por 24 meses).

  • Procesos de inspección laboral.

  • Posibles demandas judiciales por parte del trabajador afectado.

 

¿Cómo calcular cuánto le corresponde de prima?

 

La cantidad que recibirá depende de su salario y del tiempo laborado durante el semestre. Para saber cuánto debe recibir, el Ministerio del Trabajo propone una fórmula simple que se puede aplicar incluso si su salario es variable:

 

  • Prima de servicios = (Salario x Días trabajados) / 360

 

  • Por ejemplo, si su salario mensual es de $2.000.000 y trabajó todo el semestre (180 días), la fórmula sería:

(2.000.000 x 180) / 360 = $1.000.000

 

Si tuvo variaciones en su ingreso mensual, deberá hacer un promedio de los salarios devengados durante ese período para obtener una cifra más precisa.

 

Este cálculo se aplica únicamente si el contrato está vigente y si se ha cumplido con los días laborados que permiten el reconocimiento de esta prestación.

 

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