Redacción
Juan Sebastián Sosa
Los docentes cumplen un papel fundamental en la formación de millones de estudiantes en Colombia. Desde las aulas de clase, son los encargados de impartir conocimientos y desarrollar habilidades que acompañan a los alumnos durante su vida académica y profesional. Por eso, uno de los temas que más interés genera cada año es la actualización de sus salarios.
En Colombia existen miles de profesores vinculados tanto al sector privado como al público. En este último caso, gran parte de los educadores hacen parte de la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode), la organización sindical que representa a docentes de diferentes regiones del país.
De acuerdo con la información publicada por Fecode en su página web, la organización reúne a 270 mil afiliados, de un total cercano a 312 mil docentes que prestan sus servicios al Estado. Mientras los salarios del sector privado dependen de las condiciones pactadas con cada institución educativa, la remuneración de los docentes oficiales se define mediante decretos expedidos por el Gobierno Nacional.
Para 2026, el Gobierno expidió el Decreto 0299 del 25 de marzo de 2026, mediante el cual reajustó la asignación básica mensual de los docentes y directivos docentes oficiales que laboran en los niveles de preescolar, básica y media.

¿Cómo se definió el aumento salarial de los docentes en 2026?
El incremento salarial establecido en el Decreto 0299 de 2026 fue resultado de las negociaciones adelantadas entre el Gobierno Nacional y la Federación Colombiana de Educadores (Fecode) durante la mesa de concertación realizada para este año.
Según el decreto, el ajuste tuvo en cuenta varios factores económicos acordados entre las partes. Entre ellos se encuentra el Índice de Precios al Consumidor (IPC) total de 2025, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), proyectado en 5,10 %.
A ese porcentaje se sumó un 1,9 % correspondiente al acuerdo estatal alcanzado durante la negociación salarial y un 0,4 % adicional destinado al proceso de nivelación salarial de los docentes del sector oficial.
Así quedó la tabla salarial para docentes para este 2026
El Decreto 0299 de 2026 también actualizó la asignación básica mensual de los docentes y directivos docentes regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002. Los valores varían según el grado de formación académica, el escalafón y el nivel alcanzado dentro de la carrera docente.
La escala salarial contempla diferencias entre normalistas superiores, licenciados, profesionales no licenciados y docentes con estudios de especialización, maestría o doctorado. A medida que aumenta el nivel de formación y el escalafón, también se incrementa la remuneración mensual.
Los nuevos valores quedaron establecidos de la siguiente manera:
Normalista Superior o Tecnólogo en Educación (Grado 1)
Nivel A: 3.036.203 pesos.
Nivel B: 3.870.303 pesos.
Nivel C: 4.989.102 pesos.
Nivel D: 6.184.872 pesos.
Licenciado o profesional no licenciado (Grado 2) - Sin especialización
Nivel A: 3.821.274 pesos.
Nivel B: 4.992.967 pesos.
Nivel C: 5.831.713 pesos.
Nivel D: 6.968.892 pesos.
Licenciado o profesional no licenciado (Grado 2) - Con especialización
Nivel A: 4.153.464 pesos.
Nivel B: 5.306.670 pesos.
Nivel C: 6.574.267 pesos.
Nivel D: 7.780.202 pesos.
Licenciado o profesional no licenciado (Grado 2) - Con maestría
Nivel A: 4.394.463 pesos.
Nivel B: 5.741.913 pesos.
Nivel C: 6.706.468 pesos.
Nivel D: 8.014.215 pesos.
Licenciado o profesional no licenciado (Grado 2) - Con doctorado
Nivel A: 4.967.653 pesos.
Nivel B: 6.490.858 pesos.
Nivel C: 7.581.222 pesos.
Nivel D: 9.059.548 pesos.
Licenciado o profesional no licenciado con maestría o doctorado (Grado 3) - Con maestría
Nivel A: 6.395.544 pesos.
Nivel B: 7.572.568 pesos.
Nivel C: 9.365.412 pesos.
Nivel D: 10.851.730 pesos.
Licenciado o profesional no licenciado con maestría o doctorado (Grado 3) - Con doctorado
Nivel A: 8.484.182 pesos.
Nivel B: 9.959.374 pesos.
Nivel C: 12.576.133 pesos.
Nivel D: 14.436.985 pesos.
Además del salario básico mensual, el decreto establece que los docentes que devenguen menos de dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (3.502.810 pesos) recibirán auxilio de transporte. Asimismo, quienes tengan una asignación de hasta 3.223.757 pesos accederán a la prima de alimentación.
El Gobierno Nacional también fijó los valores de las horas extras, cuya remuneración varía según el nivel de estudios, el escalafón y el grado salarial de cada docente. De acuerdo con el decreto, estos pagos oscilan entre 15.618 pesos y 61.860 pesos por hora.
Así quedó el régimen salarial para docentes del Decreto Ley 2277 de 1979
El Decreto 0299 de 2026 también actualizó la asignación básica mensual de los docentes y directivos docentes regidos por el Decreto Ley 2277 de 1979, régimen que continúa aplicando para un grupo de educadores vinculados al servicio oficial antes de la entrada en vigencia del Decreto Ley 1278 de 2002.
En este caso, la remuneración depende del grado dentro del escalafón docente. A mayor nivel, mayor es la asignación básica mensual establecida por el Gobierno Nacional para 2026.
Los nuevos valores quedaron definidos así:
Grado A: 1.800.860 pesos.
Grado B: 1.994.953 pesos.
Grado 1: 2.235.742 pesos.
Grado 2: 2.317.496 pesos.
Grado 3: 2.459.305 pesos.
Grado 4: 2.556.387 pesos.
Grado 5: 2.717.624 pesos.
Grado 6: 2.874.688 pesos.
Grado 7: 3.217.125 pesos.
Grado 8: 3.533.807 pesos.
Grado 9: 3.914.723 pesos.
Grado 10: 4.286.335 pesos.
Grado 11: 4.894.390 pesos.
Grado 12: 5.822.164 pesos.
Grado 13: 6.444.689 pesos.
Grado 14: 7.339.832 pesos.
El decreto también fija la asignación básica mensual para los educadores que no hacen parte de un escalafón y que ingresaron a las plantas de personal antes de la entrada en vigencia del Decreto Ley 1278 de 2002.
Los valores para este grupo de docentes quedaron establecidos de la siguiente manera:
Bachiller: 1.667.209 pesos.
Técnico profesional o tecnólogo: 2.206.982 pesos.
Profesional universitario: 2.696.742 pesos.
Con la expedición del Decreto 0299 de 2026, el Gobierno Nacional dejó definidas las nuevas asignaciones básicas mensuales para los docentes y directivos docentes del sector oficial, así como los valores correspondientes a horas extras, auxilios y primas, de acuerdo con el régimen al que pertenece cada educador y su nivel de formación académica.
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