Redacción Juan Sebastián Sosa

La designación de Aida Quilcué como fórmula vicepresidencial de Iván Cepeda desató una fuerte polémica política y jurídica en Colombia. La discusión gira alrededor de una posible inhabilidad por doble militancia, debido a que la senadora indígena llegó al Congreso en 2022 con el aval del partido Mais, una colectividad que no respalda la candidatura presidencial del Pacto Histórico, partido por el cual es candidato Cepeda. 

 

El propio Iván Cepeda, candidato presidencial del Pacto Histórico, anunció este miércoles 11 de marzo que en las próximas horas inscribirá oficialmente su fórmula ante la Registraduría Nacional del Estado Civil. Sin embargo, antes incluso de formalizar la candidatura, comenzaron a surgir cuestionamientos sobre si Quilcué puede aparecer en el tarjetón como aspirante a la Vicepresidencia.

 

La controversia surge porque Quilcué fue elegida senadora por la circunscripción indígena con el aval del Movimiento Alternativo Indígena y Social (Mais). Este partido no se integró al proceso de fusión del Pacto Histórico y, por el contrario, decidió respaldar la candidatura presidencial de Roy Barreras dentro de la consulta del denominado Frente por la Vida.

 

De acuerdo con versiones que circulan en el debate político, el hecho de que Mais haya coavalado la candidatura de Barreras implicaría que los congresistas elegidos por ese partido tendrían la obligación de respaldar esa aspiración presidencial durante la primera vuelta.

 

En ese contexto, la participación de Quilcué como fórmula vicepresidencial de Iván Cepeda, candidato de otra coalición política, podría interpretarse como una violación de las reglas sobre disciplina partidista.

 

¿Aida Quilcué está inhabilitada para ser fórmula vicepresidencial de Iván Cepeda? Esto dice la ley

 

La posible doble militancia en el caso de Aida Quilcué

 

El debate sobre la posible inhabilidad de Aida Quilcué se centra en las normas que regulan la participación política en Colombia. Según algunas interpretaciones jurídicas, la senadora no podría respaldar a un candidato distinto al que avaló el partido por el cual fue elegida.

 

La situación se complica porque Mais apoyó oficialmente la candidatura de Roy Barreras, quien participó en la consulta del Frente por la Vida. Ese respaldo se materializó a través de eventos políticos, comunicados y el coaval del partido para la inscripción de la candidatura del exembajador.

 

Como Barreras ganó esa consulta el 8 de marzo, la colectividad indígena mantendría su respaldo hasta la primera vuelta presidencial. Esto implicaría que los dirigentes elegidos por ese partido deberían acompañar esa candidatura.

 

 

En ese escenario, la senadora Quilcué podría enfrentar cuestionamientos si decide participar de la aspiración presidencial de Cepeda en lugar de respaldar al candidato que recibió el aval de su colectividad.

 

Además, algunos sectores sostienen que, si la dirigente indígena quería aspirar a otro cargo por una fuerza política distinta, debió renunciar a su curul en el Senado con al menos un año de anticipación. Este argumento es el que ha alimentado el debate sobre una posible inhabilidad en medio de la carrera presidencial.

 

Qué dice la ley sobre la doble militancia

 

La discusión jurídica se basa principalmente en el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011, que regula la organización y funcionamiento de los partidos políticos en Colombia. “Quienes se desempeñen en cargos de dirección, gobierno, administración o control, dentro de los partidos y movimientos políticos, o hayan sido o aspiren ser elegidos en cargos o corporaciones de elección popular, no podrán apoyar candidatos distintos a los inscritos por el partido o movimiento político al cual se encuentren afiliados”, señala. 

 

La norma establece que quienes ocupan cargos de elección popular o tienen responsabilidades dentro de partidos políticos no pueden apoyar candidatos diferentes a los inscritos por su colectividad.

 

El mismo artículo también establece una regla para quienes quieran aspirar a un cargo por otro partido. La ley señala que deben renunciar a su curul al menos 12 meses antes del inicio del periodo de inscripciones.

 

Además, el texto de la ley agrega una condición específica para los elegidos en corporaciones públicas: “Los candidatos que resulten electos, siempre que fueren inscritos por un mientras ostenten la investidura o cargo, y si deciden presentarse a la siguiente elección por un partido o movimiento político distinto, deberán renunciar a la curul al menos doce (12) meses antes del primer día de inscripciones”.

 

Según expertos electorales consultados por El Tiempo, esta norma no contempla excepciones por el hecho de que una curul haya sido obtenida mediante circunscripción especial indígena.

 

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El antecedente del caso Ángela María Robledo

 

El debate sobre Aida Quilcué también revive un precedente importante en la política colombiana: el caso de Ángela María Robledo. En 2018, Robledo fue fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro después de renunciar solo unos días antes a su curul en la Cámara de Representantes, que ocupaba por el partido Alianza Verde.

 

Sin embargo, su elección posterior como congresista de la oposición fue anulada en 2019 por el Consejo de Estado, que determinó que había incurrido en doble militancia.

 

El tribunal concluyó que Robledo debía haber renunciado a su curul con 12 meses de anticipación si quería aspirar a la Vicepresidencia por una fuerza política distinta.

 

“Considera la Sala que, al tener la condición de representante a la Cámara por el Partido Alianza Verde, la señora Robledo Gómez tenía que renunciar a la curul que ocupaba en la citada corporación pública, con doce meses de antelación, si aspiraba a la Vicepresidencia de la República por una agrupación política distinta de aquella en la cual militaba”, señaló el fallo.

 

Este precedente es citado por algunos analistas para advertir que una situación similar podría presentarse en el caso de Quilcué.

 

La defensa del Pacto Histórico y la escisión del MAIS

 

Desde el Pacto Histórico aseguran que la candidatura de Aida Quilcué no incurre en doble militancia. La senadora María José Pizarro, jefa de debate de la campaña de Iván Cepeda, defendió la designación de la lideresa indígena.

 

Según explicó Pizarro, aunque Quilcué llegó al Senado con el aval del Mais, posteriormente se vinculó al partido Progresistas, una colectividad que surgió como escisión del movimiento indígena y que luego se fusionó con el Pacto Histórico.

 

El Consejo Nacional Electoral (CNE) autorizó esa escisión mediante una resolución del 21 de octubre del año pasado, en la que permitió que los afiliados del Mais decidieran si querían trasladarse al nuevo partido político.

 

El documento estableció que los militantes tenían 15 días hábiles para manifestar su decisión de cambiar de colectividad y afiliarse a Progresistas.

 

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De acuerdo con documentos internos del partido, Quilcué habría realizado ese cambio dentro del plazo permitido, lo que implicaría que ya no estaría vinculada políticamente al Mais. Sin embargo, hay otras versiones que dicen que el nombre de la senadora indígena no estaría dentro del documento de escisión. 

 

Además, el CNE autorizó que quienes se trasladaran a Progresistas pudieran conservar su cargo de elección popular, lo que permitiría a la senadora seguir ejerciendo su curul en el Congreso.

 

“Hoy, la senadora Aída Quilcué es senadora del Pacto Histórico, como todos aquellos que hicimos el tránsito del Mais a Progresistas y luego a la fusión con el Pacto Histórico”, aseguró la senadora María José Pizarro al defender la candidatura.

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