Redacción
Angélica González
Durante el mes de octubre, es habitual ver en las calles de Colombia vehículos adornados con telarañas, calaveras, luces naranjas o figuras terroríficas para celebrar Halloween. Muchos conductores aprovechan la fecha para dar rienda suelta a la creatividad, decorando capós, techos y baúles con motivos alusivos a la festividad, por eso muchos se preguntan ¿me pueden multar por disfrazar mi carro o moto para Halloween? Aquí le respondemos.
Sin embargo, aunque esta práctica se ha vuelto popular, las autoridades de tránsito recuerdan que decorar un carro en Halloween no significa estar exento de cumplir las normas. Existen límites establecidos en el Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002) que deben respetarse para evitar sanciones y, sobre todo, garantizar la seguridad vial.
¿Puedo disfrazar mi carro en Halloween sin ser sancionado?
Sí, decorar un vehículo está permitido en Colombia, siempre y cuando no se incumplan las disposiciones legales que regulan su circulación. Según los parágrafos B y C del artículo 131 de la Ley 769 de 2002, hay elementos que no pueden ser cubiertos ni modificados bajo ningún motivo, como las placas o las luces del vehículo.
Estas son algunas de las infracciones más comunes que pueden generar multas:
• B.3. Circular sin placas o sin el permiso vigente expedido por la autoridad de tránsito.
• B.4. Portar placas adulteradas.
• B.5. Circular con una sola placa o sin el permiso vigente.
• B.6. Usar placas falsas.
• B.10. Conducir con vidrios polarizados o entintados sin el permiso correspondiente.
• C.7. No señalizar correctamente con las direccionales o señales manuales un giro o cambio de carril.
• C.8. Circular sin los dispositivos luminosos requeridos o sin los elementos determinados por el código.
En resumen, tapar las placas o las luces del carro con decoraciones de Halloween puede ser motivo de sanción, ya que las autoridades pueden interpretarlo como una violación directa del código de tránsito.
¿Cuánto cuesta la multa por incumplir estas normas?
El artículo 131 de la Ley 769 de 2002 también establece las sanciones económicas para quienes infrinjan la normativa.
• Las infracciones del apartado B pueden acarrear multas de hasta ocho salarios mínimos legales vigentes (SMLV), lo que equivale aproximadamente a $11.388.000.
• Las del apartado C pueden llegar a 15 SMLV, es decir, cerca de $21.352.500.
Además, si alguna decoración obstruye la visibilidad del conductor o afecta los vidrios del vehículo, los agentes de tránsito pueden imponer sanciones adicionales.
Recomendaciones para celebrar sin infringir la ley
1. Evita cubrir placas, luces o vidrios. Usa adornos que no interfieran con la identificación ni la visibilidad del vehículo.
2. Opta por decoraciones removibles. Usa materiales livianos y fáciles de retirar después del evento.
3. No obstaculices la visión del conductor. Las decoraciones internas deben ser mínimas y no distraer.
4. Verifica el estado del vehículo antes de conducir. Asegúrate de que las direccionales, luces y frenos funcionen correctamente.
Celebrar Halloween con creatividad y responsabilidad es posible. Disfrazar tu carro puede ser divertido, pero la seguridad vial siempre debe estar por encima de la decoración.
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