Redacción admin

La demanda de una empresa petrolera estadounidense Hupecol en contra de Colombia por la revocación de una licencia que le otorgaba a dicha compañía el permiso para explorar cerca de Caño Cristales, fue rechazada.

 

Dicha empresa demandó a Colombia por más de $20.000 millones por daños y más de 12 millones de dólares por costos de oportunidad luego de que la nación revocara una licencia que otorgaba el permiso para realizar actividades de exploración petrolera en esa zona.

 

La empresa reclamó que previamente había recibido el permiso para explorar petróleo en más de 30.000 hectáreas entre los municipios de La Macarena (Meta) y San Vicente del Caguán (Caquetá) a través de la resolución 286 de 2016. A pesar de que la zona no era directamente en Caño Cristales, expertos ambientalistas advirtieron que podría generar daños en el medio ambiente.

 

Según el diario El Colombiano, algunos de los factores que llevaron a que el gobierno revocara esta decisión fueron la presión de ambientalistas y de la comunidad del Parque Nacional Natural Sierra de La Macarena, donde se encuentra Caño Cristales, quienes alertaron sobre los riesgos asociados a la presencia de 150 pozos repartidos en 15 plataformas, ubicados a unos 68 kilómetros del río, contribuyó a tumbar el proyecto de la multinacional.

 

La protección contra las intervenciones del río fue respaldada por la resolución 585 de diciembre de 2015 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área del Manejo Especial La Macarena (Cormacarena). Esta resolución establece la necesidad de adoptar medidas para cumplir y respetar el régimen de usos asignado por Cormacarena, con el fin de garantizar la protección constitucional del medio ambiente.

 

Además, el tribunal señaló que, al igual que se otorgó la licencia a la multinacional, también se puede revocar "en atención a los deberes calificados de protección y prevención ambiental estatal". Explicó que las licencias ambientales son temporales y, por lo tanto, están sujetas a modificaciones.

 

El documento indica que "la licencia ambiental podrá ser suspendida o revocada mediante resolución motivada sustentada, por la misma autoridad ambiental que la otorgó o por el Ministerio del Medio Ambiente, cuando el beneficiario haya incumplido cualquiera de los términos, condiciones, obligaciones o exigencias inherentes a ella consagrados en la ley".

 

¿Qué implica la decisión del tribunal?

 

El diario El Espectador explica que el país no tendrá que pagar ni un solo peso a dicha compañía.

 

Según el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, una resolución desfavorable para una multinacional no necesariamente indica un incumplimiento de la normativa. El tribunal recordó a Hupecol que, desde 2008, había aceptado cumplir con la normativa colombiana, incluyendo disposiciones relacionadas con la protección ambiental. Uno de los riesgos destacados era la protección ambiental, lo que llevó a Cormacarena a designar el área como un Distrito de Manejo Integrado.

 

¿Qué fue lo que hizo que se revocara la licencia?

 

El mismo medio explicó que: la situación de Hupecol cambió drásticamente cuando los expertos ambientales expresaron su preocupación debido a que el proyecto de exploración, que incluía la construcción de 150 pozos en 15 plataformas, se encontraba a una distancia de aproximadamente 68 kilómetros del conocido Caño Cristales. 

 

Aunque este río no estaba directamente dentro del área inicialmente concedida a Hupecol, los expertos ambientales sugirieron que otros cuerpos de agua podrían verse afectados, lo que representa un punto de gran interés para la ciudadanía.

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