Redacción Juan Manuel Capera

La licencia de conducción es un documento de carácter público, personal e intransferible, emitido por una autoridad competente que autoriza a los conductores a operar vehículos en todo el territorio nacional. No obstante, este permiso puede ser temporalmente suspendido o cancelado.

 

Según esto, los conductores deben cumplir con las disposiciones del Código Nacional de Tránsito, detalladas en el artículo 26 de la Ley 769 de 2002. En Colombia, la suspensión de la licencia de conducción puede ocurrir por diversas razones.

 

Razones de suspensión de la licencia 

 

1. Por decisión de las autoridades de tránsito, basada en una imposibilidad transitoria física o mental para conducir, respaldada por un certificado médico


2. Por determinación judicial.


3. Por encontrarse en un evidente estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas alucinógenas, según lo establecido por una autoridad competente.


4. Por reincidir en la violación de la misma norma de tránsito en un periodo no superior a un año, conllevando en este caso una suspensión de seis meses.

 

Es importante recordar que el artículo 124 del Código Nacional de Tránsito define la reincidencia como la comisión de más de una infracción de tránsito en un lapso de seis meses. En caso de reincidencia, la licencia de conducción se suspenderá por seis meses, y si la infracción se repite, la sanción se duplicará.

 

Razones de la cancelación definitiva de la licencia

 

Existen seis razones específicas por las cuales la ley regula la cancelación definitiva de la licencia de conducción:

 

1. Por disposición de las autoridades de tránsito, fundamentada en la imposibilidad permanente, física o mental para conducir, respaldada por un certificado médico.


2. Por decisión judicial.


3. Por fallecimiento del titular.


4. Por reincidencia al conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de drogas alucinógenas, según lo determinado por una autoridad competente.


5. Por reincidencia en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa.

 

En caso de que un conductor sea sorprendido manejando con una licencia suspendida, esta será cancelada de manera definitiva, según lo establecido en el numeral 6 del Artículo 7 de la Ley 1383 de 2010.

 

La normativa también establece que la suspensión o cancelación de la licencia de conducción conlleva la obligación de entregar el documento a la autoridad de tránsito competente. El proceso se llevará a cabo de acuerdo con las disposiciones del Código Contencioso Administrativo.

 

Es importante resaltar que aquellos a quienes se les suspende o cancela la licencia no tienen la posibilidad de solicitar un nuevo documento, ya que esta acción se considera un delito de falsificación de documento público, detectable durante el proceso de solicitud.

 

Para recuperar la licencia, el conductor puede verificar el estado del documento en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) utilizando su número de cédula. En casos de suspensión, podrían recibir el documento nuevamente en seis meses, mientras que en casos de cancelación, deben transcurrir tres años antes de que puedan solicitar la emisión de un nuevo documento.

 

Con Información de Red +

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